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Unidad Técnica de Calidad

Seguimiento y Acreditación

El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, y el Real Decreto 861/2010 que modifica el anterior, establecen que los títulos oficiales implantados por las universidades deben ser objeto de un Seguimiento hasta el momento en el que deban pasar una nueva evaluación para renovar su Acreditación.

El proceso de Seguimiento tiene por objeto comprobar que la implantación de los títulos se realiza de acuerdo al proyecto inicialmente verificado y analizar los resultados de su puesta en marcha.

En el marco de dicho proceso la UPSA entrega en cada curso académico a la ACSUCYL un autoinforme de Seguimiento de todos sus títulos oficiales junto a las evidencias correspondientes.

Por otro lado, la legislación contempla que los títulos oficiales deben renovar su Acreditación antes del transcurso de seis años (en el caso de Grado y Doctorado) o de cuatro (en el caso de Máster).

En cumplimiento con sus objetivos estratégicos de transparencia y publicidad de la información relevante, la Unidad Técnica de Calidad publica tanto las guías de apoyo y protocolos aplicables a Seguimiento y Acreditación como los informes finales emitidos por las agencias de calidad implicadas en dichos procesos.